INFORMACIÓN IMPORTANTE
Resolución General N° 5450/2023
Les comunicamos que de acuerdo con la Resolución General N° 5450/2023, en vigor a partir del 23.11.2023, se ha dispuesto lo siguiente
1.- Modificar ARTÍCULO 5 y 6 de la RG 4815 y sus modificatorias.
2.- La percepción del 45% se incrementa a la tasa del 100 % .
3.- Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las operaciones efectuadas desde dicha fecha. (23 de noviembre de 2023)
4.- En resumen: a partir del hoy, 23 de noviembre, se deberá agregar a las operaciones comerciales que estaba sujetas a IMPUESTO PAIS DEL 30%, el 100% de la RG 5450 y el 25% de la RG 5430.
Estamos en proceso de actualizar nuestros sistemas para reflejar el nuevo monto de retención.
Para las reservas efectuadas a partir del 23.11.2023, se aplicará automáticamente el nuevo porcentaje de retención. Tener en cuenta, para las reservas realizadas durante este mismo período hasta que la automatización del nuevo porcentaje se complete en nuestros sistemas, se ajustará manualmente la retención en cada operación.
Cabe señalar que las reservas generadas antes del 23.11.2023 permanecerán inalteradas y no se verán afectadas por este cambio.
¡Muchas gracias!